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DECRETO NUMERO 2107 DE 1992
(diciembre 29)
Diario Oficial No. 40.703 del 31-Dic-1992

POR EL CUAL SE DICTA UNA DISPOSICION SOBRE EL AUXILIO PATRONAL DE TRANSPORTE.

El Presidente de la República, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley 15 de 1959,

DECRETA:

ARTICULO 1o. A partir del 1° de enero de 1993 el Auxilio de transporte a que tienen derecho los empleados oficiales y los trabajadores particulares que devengan un salario mensual hasta de dos (2) veces el salario mínimo, será de siete mil quinientos cuarenta y dos pesos ($7.542.oo) moneda corriente, mensuales.

ARTICULO 2o. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto número 183 de enero 29 de 1992.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de diciembre de 1992.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
LUIS FERNANDO RAMIREZ ACUÑA

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
JORGE BENDECK OLIVELLA