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DECRETO
NUMERO 2107 DE 1992
(diciembre 29)
Diario Oficial No. 40.703 del 31-Dic-1992
POR EL CUAL SE
DICTA UNA DISPOSICION SOBRE EL AUXILIO PATRONAL DE TRANSPORTE.
El Presidente de la República, en ejercicio de las atribuciones
que le confiere la Ley 15 de 1959,
DECRETA:
ARTICULO 1o. A
partir del 1° de enero de 1993 el Auxilio de transporte a que
tienen derecho los empleados oficiales y los trabajadores
particulares que devengan un salario mensual hasta de dos (2)
veces el salario mínimo, será de siete mil quinientos cuarenta
y dos pesos ($7.542.oo) moneda corriente, mensuales.
ARTICULO 2o. Este decreto rige a partir de la fecha de su
publicación y deroga el Decreto número 183 de enero 29 de
1992.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de
diciembre de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
LUIS FERNANDO RAMIREZ ACUÑA
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
JORGE BENDECK OLIVELLA |