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DECRETO
NUMERO 2579 DE 1999
(diciembre 23)
Diario Oficial No. 43.827 del 23-Dic-1998
por el cual se
establece el auxilio de transporte.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las
facultades conferidas por la Ley 15 de 1959 y la Ley 4 de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°.
Fijar, a partir del primero (1°) de enero del año dos mil
(2000) el auxilio de transporte a cargo de los empleadores, a
que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores
particulares que devenguen hasta dos (2) veces el salario mínimo
legal vigente en la suma de veintiséis mil cuatrocientos trece
pesos ($26.413) moneda corriente mensuales, el cual se pagará
en todos los lugares del país donde se preste el servicio público
de transporte.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir del primero (1°)
de enero del año dos mil (2000) y deroga el decreto número
2658 de 1998.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 23 de diciembre de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo Salazar.
La Ministra de Trabajo y Seguridad Social,
Gina Magnolia Riaño Barón.
El Ministro de Transporte,
Gustavo Canal Mora. |