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DECRETO
NUMERO 2580 DE 2000
(diciembre 13)
Diario Oficial No. 44.260 del 16-Dic-2000
por el cual se
establece el auxilio de transporte.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las
facultades conferidas por la Ley 15 de 1959 y la Ley 4 de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°.
Fijar, a partir del primero de enero del año dos mil uno (2001)
el auxilio de transporte a cargo de los empleadores, a que
tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores
particulares que devenguen hasta dos (2) veces el salario mínimo
legal vigente, en la suma de treinta mil pesos moneda corriente
($30.000), mensuales; el cual se pagará en todos los lugares
del país donde se preste el servicio público de transporte.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir del primero (1°)
de enero del año dos mil uno (2001) y deroga el Decreto número
2579 del 23 de diciembre de 1999.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C. a 13 de diciembre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Manuel Santos Calderón.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
Angelino Garzón.
El Ministro de Transporte,
Gustavo Canal Mora. |