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DECRETO NUMERO 2873 DE 1994
(diciembre 28)
Diario Oficial No. 41.659 del 30-Dic-1994

por el cual se establece el auxilio patronal de transporte.

El Presidente de la República, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley 15 de 1959,

DECRETA:

Artículo 1° Fijar a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos noventa y cinco (1995) el Auxilio Patronal de Transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devengan un salario mensual básico hasta de dos (2) veces el salario mínimo legal, en la suma de diez mil ochocientos quince pesos ($10.815.00) moneda corriente, mensuales.

Artículo 2° El presente decreto rige a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos noventa y cinco (1995).

Publíquese y cúmplase.

Dado en Cartagena de Indias, a 28 de diciembre de 1994.


ERNESTO SAMPER PIZANO.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Guillermo Perry Rubio.

La Ministra de Trabajo y Seguridad Social,

María Sol Navia Velasco.

El Ministro del Transporte,

Juan Gómez Martínez.