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DECRETO
NUMERO 2873 DE 1994
(diciembre 28)
Diario Oficial No. 41.659 del 30-Dic-1994
por el cual se
establece el auxilio patronal de transporte.
El Presidente de la República, en ejercicio de las atribuciones
que le confiere la Ley 15 de 1959,
DECRETA:
Artículo 1°
Fijar a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos
noventa y cinco (1995) el Auxilio Patronal de Transporte a que
tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores
particulares que devengan un salario mensual básico hasta de
dos (2) veces el salario mínimo legal, en la suma de diez mil
ochocientos quince pesos ($10.815.00) moneda corriente,
mensuales.
Artículo 2° El presente decreto rige a partir del primero (1°)
de enero de mil novecientos noventa y cinco (1995).
Publíquese y cúmplase.
Dado en Cartagena de Indias, a 28 de diciembre de 1994.
ERNESTO SAMPER PIZANO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio.
La Ministra de Trabajo y Seguridad Social,
María Sol Navia Velasco.
El Ministro del Transporte,
Juan Gómez Martínez. |